Reglamento Biblioteca Facultad de Ciencias Económicas
Consulta en Sala:
La consulta en Sala de Lectura está abierta al público en general. El Sistema de Estantes Abiertos, permite el acceso directo al fondo bibliográfico, si el usuario necesitara retirar el material para su consulta fuera de la Biblioteca, le será requerido DNI o Credencial Universitaria.
Préstamos a domicilio:
El plazo de los préstamos varían según el grado de demanda.. Los préstamos son personales e intransferibles, se pueden renovar siempre que no haya otro interesado en retirar la obra. Se permite renovar telefónicamente.
Las devoluciones deben realizarse antes de la hora 19 del día de vencimiento. El sistema también permite realizar reservas.
Préstamos especiales:
Los libros de extraordinaria demanda o ejemplares únicos a los que se les haya suspendido el préstamo, se podrán retirar a partir de la hora 19 y ser devueltos antes de la hora 8 del día siguiente.
Los fines de semana o feriados largos, con las mismas características, se retiran a partir de la hora 19 del día viernes o víspera de feriado y se devuelven antes de la hora 8 del lunes o primer día hábil.
Sanciones:
Vencidos los plazos establecidos para cada préstamo, el usuario que haya retenido en forma indebida los libros es considerado MOROSO y se lo sanciona. La sanción consiste en la suspensión de los servicios de Biblioteca por un plazo determinado establecido automáticamente por sistema.
Si vencido el plazo de devolución y realizado el correspondiente reclamo el lector Moroso no reintegra el material retirado en calidad de préstamo, será suspendido por tiempo indefinido, comunicándose tal situación a la Superioridad a los efectos de iniciar las acciones correspondientes.
El alumno Moroso en tal situación, no podrá solicitar constancias, inscribirse a cursos, rendir exámenes o tramitar diploma hasta que haya restituido el material retirado en calidad de préstamo. A esos efectos la Dirección de la Biblioteca remitirá a Secretaría Académica la nómina de alumnos pasibles de sanción.
Extravío:
Se debe informar a la Dirección de la Biblioteca de inmediato la pérdida de la obra cedida en préstamo, para establecer un plazo de reposición.
Prestamos Interbibliotecarios:
La Dirección de la Biblioteca gestiona préstamos interbibliotecarios con otras Bibliotecas especializadas universitarias, Colegios profesionales, Institutos y Centros de información, oficiales o privados, con quienes ha establecido convenios de cooperación.